DESCRIPCIÓN. Licencia para la entrada y salida de vehículos a inmuebles desde la vía pública (Vado), su modificación o baja del mismo.
Se puede solicitar la autorización para la entrada y salida de vehículos a inmuebles desde la vía pública (Vado), incluidas las calles peatonales que podrá ser:
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Cualquier persona natural o jurídica o sus representantes interesados en la obtención de la licencia de vados, su modificación o baja.
¿CUÁNDO SOLICITARLO?
Puede solicitarse en cualquier momento siempre con carácter previo a la entrada y salida de vehículos a inmuebles desde la vía pública.
¿DÓNDE PRESENTARLO?
Personas físicas:
Personas jurídicas: Únicamente por registro electrónico, conforme al artículo 14.2 de la antes citada Ley.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA SOLICITUD LICENCIA DE VADO:
A.-GARAJES CON SUPERFICIE MENOR O IGUAL A 100M2.-
B.- GARAJES CON SUPERFICIE MAYOR DE 100 M2.- Locales de riesgo especial.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA SOLICITUD BAJA DE VADO:
PLAZO DE RESOLUCIÓN: Esta licencia, al suponer un aprovechamiento especial del dominio público, normativamente se establece que la Administración debe resolver la solicitud en un plazo de 2 meses desde la petición.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: desestimatorio.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA:
Utilización de la vía pública
La utilización de los espacios de las vías públicas para la entrada y salida de vehículos, constituye un uso y aprovechamiento especial, ya que beneficia, específicamente, a particulares interesados y produce limitaciones al uso general de las mismas, por ello, esas autorizaciones tendrán, siempre, carácter discrecional y restrictivo y se concederán salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros, no creándose ningún derecho subjetivo a favor de los beneficiarios, que podrán ser requeridos para suprimir la entrada de vehículos y reponer, en su caso, la acera, soportando los gastos que conlleva las obras de reposición, pudiendo ser revocadas, también, en cualquier momento, por razones de interés publico, interés urbanístico o razones de ordenación del tráfico.
Suspensión de las autorizaciones
Se considerarán suspendidas las autorizaciones de entrada y salida de vehículos durante los días y horas establecidos, cuando las vías públicas en que se encuentren los accesos resulten afectadas por celebraciones de actos, fiestas, mercados o ferias de carácter tradicional, obras públicas o privadas, de emergencia o programadas, autorizadas por el Ayuntamiento. Estas suspensiones no originan derecho a devolución de la parte proporcional de la tasa, salvo las excepciones establecidas en la ordenanza fiscal correspondiente.
Obras de acondicionamiento
Si fuese necesario realizar obras de acondicionamiento de la acera para la materialización física de la entrada y salida de vehículos, se adecuarán al Plano de definición geométrica del rebaje de acera para vados de vehículos en la vía pública, y a las instrucciones particulares que indiquen los Servicios Técnicos Municipales.
A tal efecto, los interesados dispondrán de un plazo máximo de dos meses, a partir de la recepción de la notificación, para la ejecución de las obras. Si transcurre el plazo concedido sin ejecutar las obras, se archivará el expediente, sin más trámites.
Para responder de la correcta ejecución de las obras de acondicionamiento, se depositará la fianza establecida en la correspondiente Ordenanza, que será devuelta, una vez finalizadas las mismas, a solicitud del interesado y, previo informe favorable, de los Servicios Técnicos Municipales.
Reposición de servicios afectados
Al ejecutarse las obras de acondicionamiento, deberán respetarse todos los bienes, instalaciones y servicios públicos existentes y, en caso que resultara afectado alguno de ellos, se repondrá por el solicitante y a su costa, de acuerdo con las instrucciones y bajo la supervisión de los Servicios Técnicos Municipales competentes, cumpliendo las condiciones que se impongan, por la modificación y/o reposición del elemento afectado.
Baja del vado
Artículo 16 Ordenanza municipal de la entrada y salida de vehículos a inmuebles desde la vía pública. Con motivo de la baja de autorización, ya sea de oficio o a petición del interesado, el titular de la autorización deberá suprimir toda señalización indicativa de la existencia de vado y reponer la acera y el bordillo a su estado original y, en su caso, hacer reposición de las marcas viales (señalización horizontal), y dar continuidad a la ordenación de la calle afectada y, después de la comprobación de los servicios técnicos municipales correspondientes, se procederá a la concesión de la baja dentro del plazo que a tal efecto se le otorgue.
CONTACTO:
FUENTES JURÍDICAS Y/O DOCUMENTALES:
PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Los datos por Ud. facilitados serán tratados por el AYUNTAMIENTO DE MANISES, en calidad de Responsable de Tratamiento, con la finalidad de llevar la gestión administrativa de los asuntos concernientes a Urbanismo y Vía Pública en el ejercicio de las funciones propias que tiene atribuidas en el ámbito de sus competencias y, en particular, para la atención de la demanda, petición, licencia, permiso o autorización instada en el presente documento.
La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales radica en el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local) en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos.
Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. En cualquier caso, los datos podrán ser conservados, en su caso, con fines de archivo de interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos.
Los datos no serán cedidos a terceros, salvo que sean comunicados a las entidades públicas o privadas, a las cuales sea necesario u obligatorio ceder éstos para poder gestionar su solicitud, así como en los supuestos previstos, según Ley.
Ud. podrá ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación o, en su caso, Oposición. A estos efectos, deberá presentar un escrito en el Registro de Entrada, electrónico o presencial, del Ayuntamiento. En el escrito deberá especificar cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá mostrar o, en caso de envío postal, acompañar del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación, en primer lugar, ante nuestro Delegado de Protección de Datos: lopd@manises.es o, en su caso, ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).