DESCRIPCIÓN. Para designar al sujeto pasivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, modificando la base de datos tributaria, para eliminar el actual sujeto pasivo en el recibo, siempre que se cumpla lo establecido en el artículo 61 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO? Los copropietarios del inmueble.
¿CUÁNDO SOLICITARLO? En cualquier momento del año, pero surtirá efecto en el año siguiente al de la solicitud.
¿DÓNDE PRESENTARLO?
Personas físicass:
Personas jurídicas: Únicamente por registro electrónico, conforme al artículo 14.2 de la antes citada Ley.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
PLAZO DE RESOLUCIÓN. Se presenta durante el año y surte efecto en el siguiente.
CONTACTO
FUENTES JURÍDICAS