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SER0001 - Prestaciones Económicas Individualizadas

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SER0001 - Prestaciones Económicas Individualizadas

A partir del día 11/01/2021

Descripción

El presente trámite tiene por objeto la solicitud de ayudas de emergencia social destinadas a personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social y requieran una atención inmediata por parte de los poderes públicos.

¿Quién puede solicitarlo?

 Todas aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal de Prestaciones Económicas Individualizadas del Ayuntamiento de Manises.

Con carácter general:

  • Ser mayor de edad o estar emancipado/a legalmente.
  • Residir en el municipio y estar empadronado/a con una antigüedad, al menos, de seis meses ininterrumpidos en relación a la fecha en que se formule la solicitud de la ayuda. Podrá eximirse del cumplimiento de este requisito cuando concurran circunstancias de traslado del domicilio familiar al municipio de Manises por situaciones de: violencia de género o doméstica con orden de protección, familias con menores en situación de acogida familiar y/o con menores o personas dependientes u otras situaciones de riesgo debidamente acreditadas por los trabajadores/as sociales municipales.
  • Disponer de una renta per cápita no superior a la establecida en las Instrucciones relativas al procedimiento y la tramitación de Prestaciones Económicas Individualizadas de Emergencia Social y por la Supresión de Barreras Arquitectónicas para Personas Mayores aprobadas a tal efecto por la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas.
  • Tener valorada por el/la trabajador/a social municipal la situación de necesidad e idoneidad social para la prestación solicitada, con el visto bueno de la Comisión de Valoración de Ayudas de Emergencia Social.
  • No disponer de ninguna otra ayuda ni prestación para el mismo fin otorgado por organismo público o entidad privada.
  • Haber justificado las ayudas concedidas con anterioridad.
  • Que no exista absentismo escolar en la unidad familiar de convivencia, lo cual se acreditará de acuerdo con lo establecido en el Pla Municipal de Absentismo Escolar.
  • En el caso de las personas desocupadas, estar inscritas como demandantes de ocupación en las oficinas de ocupación dependientes de la Consellería competente en esta materia, estar al corriente en las revisiones de la demanda de ocupación y llevar a cabo una busca activa de este.
  • Haber solicitado aquellas prestaciones a las cuales pudiera tener derecho (prestaciones del servicio estatal de ocupación y/o de la seguridad social, pensión alimenticia a favor de menores o pensiones compensatorias, becas de comedor escolar, de libros de texto), y cualquier otra prestación, recurso o servicio que pueda favorecer a la cobertura de la situación de necesidad existente.

Para ser beneficiario/a de ayudas de emergencia, además de los requisitos generales para ser perceptor/a de prestaciones económicas individualizadas, los interesados/as tienen que reunir los siguientes requisitos específicos:

  • Ayudas de Equipamiento del hogar: No haber obtenido en los últimos 4 años ayuda para el mismo artículo.
  • Alquiler de vivienda:
    • Disponer de un contrato de alquiler, en el cual no exista con el propietario/a relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
    • En el caso de arrendamiento verbal, informe técnico en el cual se constate acreditada su existencia.
  • Gafas graduadas:
    • Informe médico.
    • Declaración responsable que el producto no ha sido adquirido con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda.
    • No haber obtenido ayuda por el mismo concepto en un plazo inferior a dos años.
  • Alimentación infantil:
    • Informe médico que acredito la necesidad de la ayuda solicitada, así como su duración y tratamiento.
    • Que el/la menor se encuentre entre los 0 y 12 meses de edad, excepto cuando a requerimiento del médico sea necesaria su ampliación.
  • Ayuda para transporte, desplazamiento:
    • Informe del centro donde vaya a recibir tratamiento la persona beneficiaria de la ayuda o resolución administrativa de ingreso en centro o resolución de plaza en centro público.
    • Cualquier documento requerido por el equipo técnico para la correcta valoración.

¿Cuándo solicitarlo? 

Desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP hasta el 31 de octubre

¿Dónde presentarlo? 

Personas físicas:

  • En la sede electrónica (manises.sedipualba.es).
  • De manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Manises, situado en la Oficina de Atención del Ciudadano (plaza del Castell), solicitando cita previa. O en el departamento de Servicios Sociales, situado en la Plaza “Dos de Mayo”, n.º 12.
  • En los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Personas jurídicas: Únicamente por registro electrónico, de acuerdo con el artículo 14.2 de la citada Ley.

Documentación a presentar

La documentación que a continuación se relaciona tendrá que ser aportada (excepto la instancia) por cada uno de los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años. A tal efecto, se considerarán miembros de la unidad familiar, las personas que convivan en el domicilio, extremo que se comprobará de oficio mediante consulta en el Padrón municipal de habitantes:

  • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte.
  • Libro de Familia.
  • Tarjeta de asistencia sanitaria (S.I.P).
  • Las tres últimas nóminas y contrato de trabajo, o en caso de estar en situación de desocupación, certificado de la oficina de ocupación indicando situación en la cual se encuentra, tiempo de prestación e importe de esta. Los pensionistas, certificado de pensiones expedido por el INSS, indicando tipo de pensión e importe de esta.
  • Última declaración de la renta o certificado negativo de Renta, o en su defecto autorización exprés, para obtener de oficio certificado de la Agencia Tributaria.
  • Certificado de bienes inmuebles excepto autorización exprés en favor del Ayuntamiento porque se obtenga de oficio por la Administración.
  • Certificado de la vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social.
  • En el supuesto de separaciones matrimoniales o divorcios, sentencia o del convenio regulador, donde se establezca la pensión alimenticia y/o compensatoria. Si no se percibe la compensación establecida, denuncia interpuesta del hecho ante la autoridad competente.
  • Declaración jurada indicando situación económica actual y medios de subsistencia de que dispone (aquellas personas que no presentan nómina, prestación por desocupación o pensión).
  • Contrato de arrendamiento y último recibo de “alquiler”, en las ayudas de alquiler de vivienda.
  • Informe médico que acredito la necesidad de la ayuda solicitada, así como su duración y tratamiento, en las ayudas de alimentación infantil.
  • Informe del centro donde vaya a recibir tratamiento la persona beneficiaria o resolución administrativa de ingreso en centro o resolución de plaza en centro público, en las ayudas para el transporte.
  • Toda aquella documentación requerida por el técnico/al hecho que tramita la ayuda, que sea necesaria para una adecuada valoración de la situación socio-familiar.
  • Presupuestos económicos ayudas extraordinaria de gafas.
  • Certificado de discapacidad si procede.
  • En caso de autónomos: declaración IRPF y declaración IVA trimestral inmediatamente anterior al periodo de solicitud de la ayuda.
  • En el caso de ayudas recibidas en el ejercicio anterior, presentar justificación de estas.

Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del ayuntamiento.

Silencio administrativo

 Desestimatorio.

Contacto

  • Área gestora: Progreso Social
  • Unidad tramitadora: Servicios Sociales
  • Correo electrónico: ssociales@manises.es
  • Teléfono de contacte: 9615451998

Interoperabilidad entre administraciones

La Administración actuante pueda consultar o recabar datos y documentos de cualquier Administración, en cuyo caso deberá aportar con la solicitud la documentación acreditativa correspondiente (art. 28.2 de la Ley 38/2015).
Los datos a los que se accederán son: nivel de renta, prestaciones por desempleo, demandante de empleo, prestaciones públicas por incapacidad, título familia numerosa, datos de identidad, situación laboral, titularidad catastral y grado de dependencia.
 

Fuentes jurídicas y/o documentales

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE MANISES - P4616100F
Plaça del Castell, 1
46940 Manises (Valencia)
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