El presente trámite tiene por objeto la solicitud de ayudas de emergencia social destinadas a personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social y requieran una atención inmediata por parte de los poderes públicos.
Todas aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal de Prestaciones Económicas Individualizadas del Ayuntamiento de Manises.
Con carácter general:
Para ser beneficiario/a de ayudas de emergencia, además de los requisitos generales para ser perceptor/a de prestaciones económicas individualizadas, los interesados/as tienen que reunir los siguientes requisitos específicos:
Desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP hasta el 31 de octubre
Personas físicas:
Personas jurídicas: Únicamente por registro electrónico, de acuerdo con el artículo 14.2 de la citada Ley.
La documentación que a continuación se relaciona tendrá que ser aportada (excepto la instancia) por cada uno de los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años. A tal efecto, se considerarán miembros de la unidad familiar, las personas que convivan en el domicilio, extremo que se comprobará de oficio mediante consulta en el Padrón municipal de habitantes:
El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del ayuntamiento.
Desestimatorio.
La Administración actuante pueda consultar o recabar datos y documentos de cualquier Administración, en cuyo caso deberá aportar con la solicitud la documentación acreditativa correspondiente (art. 28.2 de la Ley 38/2015).Los datos a los que se accederán son: nivel de renta, prestaciones por desempleo, demandante de empleo, prestaciones públicas por incapacidad, título familia numerosa, datos de identidad, situación laboral, titularidad catastral y grado de dependencia.