DESCRIPCIÓN. Instar la bonificación en la cuota tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de las edificaciones de cualquier uso catastral y construcciones, instalaciones y obras de aquellos inmuebles en las que se se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO? Las/los sujetos pasivos del IBI correspondiente al inmueble en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
¿DÓNDE PRESENTARLO?
Personas físicas:
Personas jurídicas: Únicamente por registro electrónico, conforme al artículo 14.2 de la antes citada Ley.
CONTACTO
FUENTES JURÍDICAS Y/O DOCUMENTALES