DESCRIPCIÓN
Quedarán sujetas al régimen de comunicación de actividades inocuas, aquellas actividades que no tienen incidencia ambiental, considerándose como tales las que cumplan todas las condiciones establecidas en el Anexo III de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana.
Previamente a la comunicación de actividad inocua se deberá solicitar un certificado de compatibilidad urbanística
La comunicación de actividades inocuas:
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Cualquier persona natural o jurídica que pretenda la implantación de una actividad de las contempladas en el anexo II la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana.
¿CUANDO HA DE SOLICITARSE?
Puede solicitarse en cualquier momento siempre con carácter previo a la implantación de la actividad.
¿DONDE PRESENTARLO?
Personas físicas:
Personas jurídicas: Únicamente por registro electrónico, de acuerdo con el artículo 14.2 de la antes mencionada Ley.
DOCUMENTACIÓN
En el caso de tramitación presencial:
CONTACTO
FUENTES JURÍDICAS Y/O DOCUMENTALES