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EMP0065 - Provisión puesto Arquitecto Técnico

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EMP0065 - Provisión puesto Arquitecto Técnico

Desde el día 19/09/2024 hasta el día 02/10/2024

Descripción

Participación en la convocatoria para la provisión del puesto de arquitecto/a técnico/a mediante concurso específico de méritos abierto a funcionarios de otras administraciones públicas.

¿Quién puede solicitarlo?

Para tomar parte en el presente procedimiento de provisión de puestos de trabajo será necesario:

• Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
• No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado/a con carácter absoluto o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario/a, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los términos al acceso al empleo público.
• No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad de las contenidas en la legislación vigente.
Poseer la condición de funcionario/a de carrera con plaza en propiedad como Arquitecto/a Técnico/a, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica/Técnico medio, con una antigüedad mínima de dos años en el Grupo A, Subgrupo A2.

Todos estos requisitos deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión.

No podrá participar en el presente concurso el personal empleado público que haya participado en anteriores concursos de méritos, haya obtenido destino definitivo, y ocupe el puesto por un período inferior a dos años, a excepción de las siguientes casos:
• Cuando su puesto de trabajo haya sido amortizado u obtenido como consecuencia de un plan de empleo.
• Cuando haya sido removido o cesado del mismo por alguna de las causas previstas en la ley.
• Cuando se trate del primer destino definitivo obtenido tras la superación de un procedimiento de acceso.

El personal funcionario en situación administrativa de excedencia voluntaria por interés particular sólo podrá concursar si se halla más de dos años en dicha situación.

El personal funcionario que obtenga un puesto de trabajo por concurso no podrá desempeñar provisionalmente en comisión de servicios otro puesto de trabajo hasta que transcurra un año de permanencia en el mismo, salvo que se dé alguno de los supuestos previstos en el artículo  114.9 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana.

¿Cuándo presentarlo?

Desde el día siguiente al de la publicación en el boe y hasta 10 días hábiles después.

¿Dónde presentarlo?

OBLIGATORIAMENTE con carácter telemático a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manises (https://manises.sedipualba.es).

Documentación a presentar

• Hoja de autobaremación con copia de la documentación acreditativa de los méritos. 
• Plan de mejora establecido en la Base Sexta de las Bases Específicas( B) (MÉRITOS ESPECÍFICOS) según plantilla.

Contacto

• Área gestora: Economía y Hacienda.
• Unidad tramitadora: Recursos Humanos.
• Correo electrónico: personal@manises.es
• Teléfono contacto: 961545116

Fuentes jurídicas

• Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
• Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell,por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana.
• Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana.
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Protección de datos de carácter personal

Los datos por Ud. facilitados serán tratados por el AYUNTAMIENTO DE MANISES, en calidad de Responsable de Tratamiento, con la finalidad de llevar la gestión administrativa de los servicios municipales destinados al empleo y formación.  

La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales radica en el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo; Ley 57/2003 del 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local; Ley 7/1985 del 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, ambas de ámbito estatal), en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos. 

Los datos serán conservados durante el plazo de tiempo que pueda ser requerido, a efectos de fiscalización del servicio educativo o de cuentas públicas, por las autoridades públicas competentes. No obstante, los datos podrán ser conservados, en su caso, con fines de archivo de interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos. 

Los datos no serán cedidos a terceros, salvo que sean comunicados a las entidades públicas o privadas, a las cuales sea necesario u obligatorio ceder éstos para poder gestionar su solicitud, así como en los supuestos previstos, según Ley. 

Ud. podrá ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación o, en su caso, Oposición. A estos efectos, deberá presentar un escrito en el Registro de Entrada, electrónico o presencial, del Ayuntamiento. En el escrito deberá especificar cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá mostrar o, en caso de envío postal, acompañar del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo.  Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación, en primer lugar, ante nuestro Delegado de Protección de: lopd@manises.es  o, en su caso, ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT DE MANISES - P4616100F
Plaça del Castell, 1
46940 Manises (Valencia)
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